El Operador Económico Autorizado es un operador de comercio internacional que forma parte de la cadena logística y es de confianza para la SUNAT (al haber cumplido con las condiciones de certificación, que se subdividen en requisitos establecidos legalmente), por lo que puede disfrutar de facilidades en cuanto a control y simplificación aduaneros, así como de una certificación otorgada por la administración aduanera.
Las condiciones para el otorgamiento de la certificación del Operador Económico Autorizado incluyen una trayectoria satisfactoria de cumplimiento de la normativa vigente, un sistema adecuado de registros contables y logísticos que permita la trazabilidad de las operaciones, solvencia financiera debidamente comprobada y un nivel de seguridad adecuado.
La certificación es de carácter indefinida, siempre que el operador mantenga los requisitos para su calificación.
La figura del OEA nace de la necesidad de adoptar esquemas que garanticen la seguridad de los procesos y operaciones al interior de las organizaciones obteniendo a cambio beneficios en materia de control y simplificación de sus trámites de comercio exterior, que se traduzcan en mejores oportunidades de crecimiento para las empresas y bienestar para las personas.
Los operadores que pueden obtener la certificación son los exportadores, importadores, agentes de aduana, almacenes autorizados y empresas de servicio de entrega rápida (ESER). De manera gradual, se incluirán a otros operadores.
Ser Operador Económico Autorizado no es obligatorio. La decisión de serlo o no depende de la evaluación de las oportunidades comerciales que significan constituir un operador de confianza certificado por la administración aduanera y los beneficios que represente internacionalmente.
El procedimiento ante la autoridad aduanera para la obtención del estatus como OEA es gratuito. Sin embargo, dependiendo del estado de las empresas frente a sus esquemas de seguridad, podrían incurrir internamente en costos necesarios para alcanzar los estándares que la figura requiere.
La autorización como OEA, se otorgará individualmente para cada empresa que lo solicite.
Una certificación de cualquier índole no equivale a cumplimiento automático de todos los requisitos específicos para ser habilitado como OEA. Sin embargo, el hecho de tenerlas evidencia un grado de desarrollo en los modelos de estándares de gestión.
Las ventajas más importantes para las empresas reconocidas como OEA son:
- Consultas, orientación y capacitación (todos los OEA)
- Disminución del control aduanero en despachos de importación y exportación
- Atención preferente en trámites aduaneros (expedientes de reclamación, devolución, regularización de despachos de exportación, otros)
- Reducción de plazos en trámites aduaneros (rectificación en DAM de exportación e importación, acciones de control extraordinario)
- Actuación directa de exportadores e importadores como despachadores de aduana, exonerado del pago de garantía para operar.
- Garantía nominal para el requerimiento previsto en el artículo 160° para despachos de importación.
- Acceso a las facilidades previstas en los acuerdos de reconocimiento mutuo.
- Asignación de un sectorista para orientación y asistencia especializada en los procedimientos vinculados al Programa OEA a nivel nacional.