SOLICITUD DE DEVOLUCION

FORMAS DE DEVOLUCION DE LA SOLICITUD.

Usted debe seleccionar la forma en que desea se le efectúe la devolución
La Orden de Pago del Sistema Financiero le permitirá al beneficiario, de manera personal, hacer efectiva la devolución en cualquier oficina del Banco de la Nación a nivel nacional. Para ello deberá presentar su D.N.I. y el talón de cobro de la OPF para el pago de su devolución. No es necesario recoger ningún documento de las oficinas de SUNAT.
El Abono en Cuenta permitirá que la SUNAT deposite, el importe a ser devuelto, en una cuenta corriente o de ahorros en soles del contribuyente. En tal sentido el contribuyente debe haber informado a la SUNAT su Código de Cuenta Interbancario que identifica una cuenta corriente o de ahorros de una entidad bancaria del sistema financiero nacional la misma que debe estar registrada a nombre del beneficiario sujeto a la devolución.
Recuerde que el CCI a registrar tiene que cumplir las siguientes condiciones:
   1) El titular de la cuenta debe ser el beneficiario de la devolución.
   2) Debe mantenerse en estado activo durante el proceso de devolución.
   3) No debe corresponder a una cuenta CTS.
   4) Debe pertenecer a una cuenta en moneda nacional.
El Cheque No Negociable deberá ser recogido de las oficinas de SUNAT, previa presentación de la resolución de intendencia u oficina zonal notificada por SUNAT, para luego hacerlo efectivo en el Banco de la Nación. Se devolverá con Cheque No Negociable: sólo si el monto supera las 10 UIT vigente.
La Nota de Crédito Negociable es un documento valorado que sólo podrá ser utilizado para pagar impuestos ante la SUNAT. Deberá ser recogido de las oficinas de SUNAT, previa presentación de la resolución de intendencia u oficina zonal notificada por SUNAT aprobando la devolución.