APRUEBAN DISPOSICIONES RELATIVAS AL BENEFICIO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DISPUESTO POR LA LEY N° 28226 AL TRANSPORTE PÚBLICO INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 006-2007/SUNAT

(Publicado el 06.01.2007)

Lima, 5 de enero de 2007

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 28226, modificada por la Ley N° 28398, se otorga a los transportistas que presten el servicio de transporte terrestre público interprovincial de pasajeros y/o el servicio de transporte público terrestre de carga, el beneficio de devolución por el 20% (veinte por ciento) del Impuesto Selectivo al Consumo que forme parte del precio de venta del petróleo Diesel 2;

Que la norma antes mencionada fue reglamentada mediante el Decreto Supremo N° 140-2004-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2005-EF;

Que el artículo 9° del Decreto Supremo N° 140-2004-EF y norma modificatoria, establece el procedimiento de cálculo para la determinación del límite máximo del volumen de consumo de combustible sujeto a la devolución; y dispone que a efectos de calcular dicho límite se requiere la aplicación de un porcentaje que represente la participación del ISC sobre el precio por galón del combustible, el cual será determinado por la SUNAT;

Que resulta necesario aprobar los porcentajes aplicables a los períodos de setiembre a diciembre de 2006;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 9° del Decreto Supremo N° 140-2004-EF y norma modificatoria y de conformidad con el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO.- PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

El porcentaje que representa la participación del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galón del combustible a que hace referencia el inciso b) del artículo 9° del Decreto Supremo N° 140-2004-EF y norma modificatoria, es el siguiente:

PERÍODO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC

(%)

Setiembre 2006

18.2 %

Octubre 2006

18.6 %

Noviembre 2006

18.9 %

Diciembre 2006

19.2 %

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional