APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT REGALÍA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL N° 0698

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 176-2005/SUNAT

(Publicado el 17/09/2005 y vigente a partir del 18/09/2005)

 

Lima, 16 de setiembre de 2005

CONSIDERANDO:

Que el numeral 7.1 del artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 28258 – Ley de Regalía Minera, aprobado por el Decreto Supremo N° 157-2004-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 018-2005-EF, dispone que los sujetos obligados al pago de la regalía minera deberán presentar una declaración jurada mensual en los medios, condiciones, forma y lugares que determine la SUNAT;

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 035-2005/SUNAT se aprobó el PDT Regalía Minera, Formulario Virtual N° 0698 – Versión 1.0 por el cual los sujetos obligados cumplirían con la obligación de declarar y pagar la regalía minera establecida por la Ley N° 28258;

Que, a fin de optimizar la declaración y pago de la regalía minera, es necesario aprobar una nueva versión del mencionado PDT Regalía Minera;

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 28258 – Ley de Regalía Minera y en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT REGALÍA MINERA

Apruébase el PDT Regalía Minera, Formulario Virtual N° 0698 – Versión 1.1, a ser utilizado para la declaración y pago de la regalía minera a que se refiere el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia N° 035-2005/SUNAT.

Artículo 2°.- UTILIZACIÓN DEL PDT REGALÍA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL N° 0698 - VERSIÓN 1.1

A partir del 26 de septiembre de 2005, los sujetos obligados utilizarán el PDT Regalía Minera, Formulario Virtual N° 0698 – Versión 1.1, el cual, desde el 19 de septiembre, estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe o en las dependencias de la SUNAT.

Artículo 3°.- VIGENCIA DEL FORMULARIO VIRTUAL N° 0698 - VERSIÓN 1.0

El PDT Regalía Minera, Formulario Virtual N° 0698 - Versión 1.0 solo podrá ser utilizado hasta el 25 de septiembre de 2005.

Artículo 4°.- VIGENCIA

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional