APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT DE NOTARIOS, FORMULARIO VIRTUAL N° 3520 VERSIÓN 3.0

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 155-2005/SUNAT

(Publicada el 13.08.2005 y vigente a partir del 14.08.2005)

Lima, 12 de agosto de 2005

CONSIDERANDO:

Que el artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administración Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligación de presentar la declaración tributaria por medios magnéticos;

Que el artículo 96° del citado Código Tributario establece que los notarios comunicarán y proporcionarán a la Administración Tributaria las informaciones relativas a hechos generadores de obligaciones tributarias que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a las condiciones que establezca la Administración Tributaria.

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT se aprobó el Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, así como el Programa de Declaración Telemática de Notarios (PDT de Notarios) en el que se debe realizar la declaración tributaria en mención;

Que la Resolución de Superintendencia N° 078-2005/SUNAT modificó la Resolución de Superintendencia citada en el considerando anterior, a fin de incorporar la nueva información que los notarios deben proporcionar a la Administración Tributaria, en cumplimiento de las disposiciones tributarias dictadas con posterioridad, y aprobó la versión 2.4 del PDT de Notarios;

Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, es necesario aprobar una nueva versión del mencionado PDT de Notarios;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, y en uso de las facultades conferidas por el  artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT; aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT DE NOTARIOS

Apruébase el PDT de Notarios, Formulario Virtual N° 3520 - versión 3.0, a ser utilizado para la elaboración y presentación de la Declaración Anual de Notarios a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT, y normas modificatorias.

El PDT de Notarios, Formulario virtual N° 3520 - versión 3.0 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual cuya dirección es: http://www.sunat.gob.pe a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución y deberá ser utilizado para la presentación de la Declaración Anual de Notarios correspondiente al ejercicio 2005, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria de la presente resolución.

Artículo 2°.- VIGENCIA

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Omisos a la presentación y rectificatorias

Los notarios que a la fecha de vigencia de la presente resolución se encuentren omisos a la presentación del PDT de Notarios correspondiente al ejercicio 2004 o anteriores, o deseen presentar una rectificatoria de la declaración correspondiente a dichos años, deberán regularizar dicha presentación utilizando el PDT de Notarios, Formulario virtual N° 3520 - versión 3.0. La presentación se efectuará según lo señalado en el artículo 4° del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT y modificado por la Resolución de Superintendencia N° 078-2005/SUNAT.

Lo establecido en el párrafo anterior no libera al infractor de las sanciones que correspondan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional