DESIGNAN AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 023-2005/SUNAT
(Publicado el 26.01.2005)
Lima, 24 de enero de 2005
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la Administración Tributaria podrá designar como agentes de retención a los sujetos que se encuentran en disposición para efectuar la retención de tributo;
Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas modificatorias se estableció el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designó a determinados sujetos como agentes de retención;
Que adicionalmente a los ya designados, resulta de interés fiscal nombrar nuevos agentes de retención;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 10° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, por el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Desígnase como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo de la presente resolución, los cuales operarán como tales a partir del 1 de marzo de 2005.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
ANEXO
Resolución de Superintendencia N° 023-2005/SUNAT
Relación de nuevos sujetos designados Agentes de Retención
Ord. | RUC |
1 | 20131380951 |
2 | 20301494590 |
3 | 20502351908 |
4 | 20508261633 |
5 | 20509495247 |