MODIFICAN LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL TACNA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 137-2002/SUNAT

(Publicada el 11 de octubre de 2002)

Lima, 10 de octubre de 2002

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 094-99/SUNAT, entre otros, se estableció el lugar donde los Principales Contribuyentes de la Intendencia Regional Tacna debían cumplir sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT;

Que a efecto de brindar un mejor servicio, se ha considerado conveniente el cambio de ubicación de la Oficina Remota Moquegua;

En uso de las facultades conferidas en los artículos 29° y 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias; el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 100-97/SUNAT y el inciso k) del artículo 6° del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Sustitúyase el inciso c) del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia N° 094-99/SUNAT, por el siguiente texto:

"c) Anexo N° 4: El local ubicado en la calle Moquegua N° 930-A, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BEATRIZ MERINO LUCERO

Superintendente Nacional