APRUEBAN CRONOGRAMA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN QUE DEBEN PROPORCIONAR DETERMINADAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO SOBRE ADQUISICIONES DE BIENES O SERVICIOS EN EL AÑO 2002

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 023-2002/SUNAT

(Publicada el 27 de febrero de 2002)

Lima, 26 de febrero de 2002

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM, tal información deberá ser entregada a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, dentro de los últimos cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a aquél al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que ésta establezca mediante Resolución de Superintendencia;

Que en virtud de lo señalado por el citado artículo, resulta necesario aprobar un cronograma para que las Universidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional cumplan con presentar la información correspondiente al año 2002;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 3° del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y modificado por la Resolución de Ministerial N° 125-2001-PCM; y el inciso k) del Artículo 6° del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional señaladas en el anexo que forma parte del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y modificado por la Resolución Ministerial N° 125-2001-PCM, deberán entregar a la SUNAT la información que corresponda a las adquisiciones de bienes y/o servicios de enero a diciembre de 2002, de acuerdo con el siguiente cronograma:

Adquisiciones del mes

Último dígito del RUC

RUC 0,1 RUC 2,3 RUC 4,5 RUC 6,7 RUC 8,9
Enero 2002 25.03.2002 25.03.2002 26.03.2002 26.03.2002 27.03.2002
Febrero 2002 30.04.2002 24.04.2002 25.04.2002 26.04.2002 29.04.2002
Marzo 2002 30.05.2002 31.05.2002 27.05.2002 28.05.2002 29.05.2002
Abril 2002 27.06.2002 28.06.2002 28.06.2002 25.06.2002 26.06.2002
Mayo 2002 25.07.2002 26.07.2002 30.07.2002 31.07.2002 24.07.2002
Junio 2002 23.08.2002 26.08.2002 27.08.2002 28.08.2002 29.08.2002
Julio 2002 30.09.2002 24.09.2002 25.09.2002 26.09.2002 27.09.2002
Agosto 2002 30.10.2002 31.10.2002 25.10.2002 28.10.2002 29.10.2002
Setiembre 2002 28.11.2002 29.11.2002 29.11.2002 26.11.2002 27.11.2002
Octubre 2002 26.12.2002 27.12.2002 30.12.2002 31.12.2002 24.12.2002
Noviembre 2002 27.01.2003 28.01.2003 29.01.2003 30.01.2003 31.01.2003
Diciembre 2002 28.02.2003 25.02.2003 26.02.2003 27.02.2003 28.02.2003

Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BEATRIZ MERINO LUCERO

Superintendente Nacional