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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 23.AGO.2000
CIRCULAR Nº INTA-CR.115

Señor
INTENDENTE DE ADUANA
Presente.-

Asunto : Resolucion Jefatural Nº 139-2000-AG-SENASA
Referencia: Procedimiento de Importación Definitiva INTA-PG.01,Rubro VI, Literal B.2


Habiéndose publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el día 18 de agosto del 2000 la Resolución Jefatural Nº 139-2000-AG-SENASA, sírvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de la Intendencia a su cargo, que a partir del 18 de agosto hasta el 15 de noviembre del 2000, queda suspendida temporalmente por un periodo de noventa (90) días la importación procedente de España, de ganado ovino vivo, productos o subproductos de origen ovino (incluyendo tejido nervioso y linfoide), y embriones, así como la importación de alimentos concentrados, incluyendo harinas de carne y huesos que contengan proteínas de esta especie destinadas a la alimentación animal, de las subpartidas nacionales siguientes:
  

0104.10.10.00

Animales vivos de la especie ovina, "reproductores de raza pura"

0104.10.90.00

Animales vivos de la especie ovina, los demás

0204.10.00.00

Carne de animales de la especie ovina, en canales o medias canales de cordero, frescas o refrigeradas

0204.21.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas, en canales o medias canales

0204.22.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas, los demás cortes (trozos) sin deshuesar

0204.23.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas, deshuesadas

0204.30.00.00

Canales o medias canales de cordero congeladas

0204.41.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas, en canales o medias canales

0204.42.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas, los demás cortes (trozos) sin deshuesar

0204.43.00.00

Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas, deshuesadas

0206.80.00.00

Solo : Los demás despojos comestibles de animales de la especie ovina, frescos o refrigerados

0206.90.00.00

Solo : Los demás despojos comestibles de animales de las especie ovina, congelados

0210.90.10.00

Solo : Harina y polvos comestibles de carne o despojos comestibles de la especie ovina

0511.99.40.00

Solo : Embriones congelados de la especie ovina

2301.10.90.00

Solo : Harina, polvo y "pellets", de carne, despojos, de las especie ovina

2309.10.00.00

Solo : Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor que contengan proteínas de la especie ovina

2309.90.90.00

Solo : Las demás preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales, que contengan proteínas de la especie ovina

Atentamente

Original firmado por el Intendente Nacional de Técnica Aduanera

 

 

F. Vigencia: 18.08.2000 F. Publicación: 00.00.0000 F.Derogación:00.00.0000