Descriptor: 

I CÓDIGO TRIBUTARIO

1.      LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

1.2   Deuda tributaria

1.2.6. Prescripción

                        - Prescripción de la acción para el cobro de deuda contenida en una Resolución de Determinación.

Sumilla:

Para efectos de la conclusión vertida en el Informe N.º 163-2009-SUNAT/2B0000, el cómputo del plazo de prescripción de la acción para exigir el pago de una deuda contenida en una Resolución de Determinación se inicia al día siguiente de notificada dicha Resolución de Determinación.

INFORME N.° 180-2009-SUNAT/2B0000 

MATERIA:

Se solicita aclaración respecto a los alcances de la conclusión vertida en el Informe N.º 163-2009-SUNAT/2B0000. 

BASE LEGAL:

·    Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N.º 135-99-EF, publicado el 19.8.1999, y normas modificatorias (en adelante, el TUO del Código Tributario). 

ANÁLISIS:

1.  Mediante el Informe N.º 163-2009-SUNAT/2B0000 se concluyó que “el plazo de la acción para exigir el pago de una deuda contenida en una Resolución de Determinación deberá computarse una vez que haya sido notificada al contribuyente”.

 

2.  El inciso a) del numeral 2 del artículo 45º del TUO del Código Tributario dispone que el plazo de prescripción de la acción para exigir el pago de la obligación tributaria se interrumpe por la notificación de la orden de pago, resolución de determinación o resolución de multa.

 

El párrafo final de dicho artículo señala que el nuevo término prescriptorio se computará desde el día siguiente al acaecimiento del acto interruptorio.

 

3.      En ese sentido, debe entenderse que el cómputo del plazo de prescripción de la acción para exigir el pago de una deuda contenida en una Resolución de Determinación se inicia al día siguiente de acaecido el acto interruptorio, esto es, al día siguiente de notificada la Resolución de Determinación. 

CONCLUSIÓN:

El cómputo del plazo de prescripción de la acción para exigir el pago de una deuda contenida en una Resolución de Determinación se inicia al día siguiente de notificada dicha Resolución de Determinación.

 

Lima, 4 de septiembre de 2009

 

Original firmado por
CLARA R. URTEAGA GOLDSTEIN

Intendente Nacional Jurídico

 

 

 

 

 

aqca

 

A0637 D9

CÓDIGO TRIBUTARIO - Prescripción de la acción para el cobro de deuda contenida en una Resolución de Determinación.