SUMILLA:

A través de los Informes N° 118-2006-SUNAT/2B0000 y N° 119-2006-SUNAT/2B0000, se ha emitido pronunciamiento sobre la configuración del servicio de fabricación de bienes por encargo, a que hace referencia el numeral 7 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT.

Así por ejemplo, se configurará el servicio de fabricación de bienes por encargo en los siguientes supuestos:

- Cuando para la elaboración del bien "A", el usuario entrega al prestador del servicio los bienes "B", "C" y/o "D", necesarios para elaborar el primer bien.

- Cuando el servicio tiene como finalidad que el prestador del mismo agregue algún detalle o característica al bien "A", y este bien "A" es entregado por el usuario al prestador del servicio.

- Cuando el servicio tiene como objeto que el prestador del mismo modifique las características o la condición del bien "A" (color, tamaño, forma, etc), y este bien "A" es entregado por el usuario al prestador del servicio.

 

CARTA N° 248-2006-SUNAT/200000

Lima, 19 de octubre de 2,006.

Señor
JOSÉ ROSAS BERNEDO
Gerente General
Cámara de Comercio de Lima

Presente

Ref.: Carta GG/040-06/GL

De mi consideración:

Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, mediante el cual su Despacho consulta si el servicio de templado que consiste en un proceso termoquímico en el cual se calientan piezas de acero, que son proporcionadas por el usuario del servicio, y que por un enfriamiento brusco, se consigue el endurecimiento de dichas piezas sin cambiar su peso, forma y medida, se encuentra o no sujeto al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (SPOT).

En principio, se parte de la premisa que la consulta tiene por objeto determinar si el proceso antes señalado configura o no el servicio de fabricación de bienes por encargo, a que hace referencia el numeral 7 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT(1).

Sobre el particular, ponemos en su conocimiento que a través de los Informes N° 118-2006-SUNAT/2B0000 y N° 119-2006-SUNAT/2B0000, se ha emitido pronunciamiento sobre la configuración del servicio de fabricación de bienes por encargo, a que alude la norma antes mencionada.

Así pues, en los citados Informes se ha concluido que para la configuración del servicio de fabricación de bienes por encargo deberá observarse si con motivo de la prestación del aludido servicio, el usuario ha entregado al prestador del mismo cualquier bien necesario para la realización del encargo, sin importar si entre los bienes que el usuario entrega y posteriormente recibe en virtud del servicio, existe identidad o no de naturaleza o de forma, o si tienen igual o distinta condición o característica.

Así por ejemplo, se configurará el servicio de fabricación de bienes por encargo en los siguientes supuestos:

- Cuando para la elaboración del bien "A", el usuario entrega al prestador del servicio los bienes "B", "C" y/o "D", necesarios para elaborar el primer bien.

- Cuando el servicio tiene como finalidad que el prestador del mismo agregue algún detalle o característica al bien "A", y este bien "A" es entregado por el usuario al prestador del servicio.

- Cuando el servicio tiene como objeto que el prestador del mismo modifique las características o la condición del bien "A" (color, tamaño, forma, etc), y este bien "A" es entregado por el usuario al prestador del servicio.

Cabe señalar que los Informes N° 118-2006-SUNAT/2B0000 y N° 119-2006-SUNAT/2B0000(2) antes citados se encuentran a su disposición ingresando a la página web de la SUNAT por la siguiente dirección: www.sunat.gob.pe.

Es propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi mayor consideración y estima.

Atentamente,

ORIGINAL FIRMADO POR
ENRIQUE VEJARANO VELASQUEZ
Superintendente Nacional Adjunto
de Tributos Internos


(1) Publicada el 15.8.2004, y normas modificatorias.

(2) El Informe N° 119-2006-SUNAT/2B0000 fue remitido a su Despacho mediante la Carta N° 170-2006-SUNAT/200000 de fecha 25.5.2006.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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DESCRIPTOR:
VIII. REGÍMENES ESPECIALES
3. OTROS
SPOT