OFICIO N° 017-96-I2.0000

Lima, 08 FEB. 1996

Señor
JUAN MUSSO T.
Presidente
Camara de Comercio de Lima
Presente.-

ASUNTO: Consulta relacionada al computo de la depreciación de bienes del activo fijo

REF. : Carta N° P/121/95/GL

Es grato dirigirme a usted en relación al asunto y documento de la referencia mediante el cual se consulta respecto a la aplicación de las normas del Impuesto a la Renta al caso de empresas que desean interrumpir la depreciación sobre activos fijos específicos que le fueron transferidos por fusión y que no se desea dar de baja, por tratarse de activos que a mediano plazo van a ser utilizados. Indican también que los mencionados activos no estaban en actividad y tenian valor cero en la empresa absorbida. Sin embargo, al ser revaluados en el proceso de fusión, han adquirido un nuevo valor contable.

Al respecto somos de la opinión que los activos que fueran transferidos a la empresa incorporante en el proceso de fusión darán lugar a cargos por depreciación recién en el momento en que se empleen en la actividad gravada.

En efecto, el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 12294-EF dispone que las depreciaciones se computarán a partir del mes en que los bienes sean utilizados en la generación de rentas gravadas.

En tal sentido, la depreciación de los bienes transferidos se entenderá suspendida hasta la utilización de los mismos en la generación de rentas gravadas.

Distinto es el caso de los bienes que luego de incorporados han sido empleados en la actividad gravada, puesto que en estos casos, en efecto, no se considera la posibilidad que el contribuyente suspenda el cómputo de la depreciación, por el simple no uso.

Cabe señalar que de acuerdo al artículo 2° del Decreto Supremo 120-94-EF, para efecto del Impuesto a la Renta, los bienes transferidos como consecuencia de la fusión o división de personas jurídicas, tendrán como costo computable para la adquirente el valor al que fueron transferidos, el cual podrá exceder el valor de mercado, debidamente sustentado.

Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,

Original Firmado por;

MAURICIO MUÑOZ NAJAR BUSTAMANTE
INTENDENTE
INTENDENCIA NACIONAL JURIDICA

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